CON EL CORONAVIRUS NO SE JODE. FINALMENTE, LA CORTE DECRETÓ LA FERIA EXTRAORDINARIA

  • In
    Mar 16, 2020
    Cumplido el objetivo, se levanta el paro sanitario.

    Atento a que la Corte Suprema de Justicia de la Nación finalmente decretó una ”feria extraordinaria” hasta el 31 de marzo, la UEJN deja sin efecto el paro nacional sanitario, resuelto en horas del mediodía ante el increíble retraso del más Alto Tribunal del país, en una definición reclamada no sólo por esta organización gremial sino también por el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal y la Junta de Presidentes de Cámaras de Apelaciones de todo el país.

    Tamaña demora contrastó con las decisiones de los Superiores Tribunales de las principales provincias argentinas, que comprendieron la gravedad de la pandemia y la particular índole de la actividad judicial, proclive a facilitar el contagio y su expansión. Tal retraso generó también, la decisión de las Cámaras de Apelaciones y algunos magistrados/as de limitar actividades frente al peligro en ciernes, licenciando al personal, dejando guardias mínimas, como si la feria hubiera sido ya decretada.

    La declaración del paro nacional sanitario consiguió el objetivo y finalmente, alrededor de las 17hs, la Corte emitió la Acordada 4/2020 que, aún sin decirlo expresamente, decretó una feria extraordinaria hasta el 31 de marzo. Se preserva al conjunto de la comunidad judicial -y con ello a la sociedad toda- del peligro de contagio de la pandemia al determinar guardias mínimas de magistrados y funcionarios, licenciando al resto del personal. Asimismo, se prevén licencias especiales con goce de haberes para mayores, inmunodeprimidos o en riesgo por particulares situaciones de salud, embarazadas, padres, madres, adoptantes o tutores de menores sin clases, y compañeros/as de trabajo de algún caso confirmado o sospechoso de portar la enfermedad. Garantizando que la justicia siga funcionamiento para las urgencias que no admiten demora, con la habilitación de días y horas, como ocurre en las ferias y como solicitara oportunamente la UEJN. OJO, NINGÚN EMPLEADO/A o FUNCIONARIO/A DEBE CONCURRIR A TRABAJAR si no es expresamente citado a cubrir una guardia. CORRESPONDE QUEDARSE AISLADOS, PRESTANDO COLABORACIÓN DESDE SUS HOGARES.

    Sin perjuicio de ello, acabamos de presentar a la Corte un nuevo pedido para que se dicten medidas sanitarias especiales para las guardias de todas las dependencias de riesgo por su actividad, como la morgue judicial, el cuerpo médico forense, la obra social, la oficina de violencia doméstica y las guardias de mandamiento y notificaciones, entre otras, para proteger a los agentes que las cubran.

    Continuamos en alerta frente a este flagelo que amenaza a toda la sociedad.

    La prevención es la mejor medicina frente a la pandemia
    Buenos Aires, 16 de marzo del 2020.
     
    COMISIÓN DIRECTIVA NACIONAL
  • todos.jpg