PRIMERA REUNIÓN POR NUESTROS/AS JUBILADOS/AS

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    Feb 12, 2021
    Por las consecuencias gravísimas que acarrea la reforma a la ley de jubilación especial de los/as judiciales -sobre pasivos/as y quienes se encaminan a serlo-, y sin perjuicio de las acciones colectivas e individuales en marcha impulsadas desde el sindicato, el pasado enero la UEJN solicitó una reunión a la ANSES para plantear múltiples preocupaciones, dado que iniciaba en ese mes la liquidación que hasta entonces realizaba la DGAF.

    En razón de ello, el día de ayer fuimos recibidos por la Directora de ANSES, Compañera Fernanda Raverta, y pudimos plantear una amplia agenda de temas que devienen de la transferencia de la liquidación de los haberes de la ley especial, pero también de la común.

    • Obra Social: hasta hoy, la posibilidad de optar solo existía para jubilados/as de la ley especial, mientras jubilados/as de la ley común debían pagar PAMI y OSPJN. Esta injusticia, que a partir de ahora se generaliza a todos/as los/as jubilados/as judiciales, debe resolverse para garantizar el derecho a libre opción del que gozan demás jubilados/as del país. En ese sentido, convinimos con la Cra. Directora, continuar tratando este tema con funcionarios/as de ANSES, específicos del área en cuestión.

    • Movilidad: pusimos bajo aviso esta cuestión central del régimen especial que era desconocida por la Cra. Directora, a los efectos de que se disponga el equipo de liquidadores/as correspondiente para la incorporación de cada aumento que logramos desde el sindicato. Así como para bregar por una pronta mecánica que no genere demoras injustificadas en el impacto de esos aumentos sobre los haberes jubilatorios.

    • Cese definitivo: este nuevo requisito de la ley (cuya constitucionalidad cuestionamos judicialmente), puede resultar muy perjudicial. Ante eso, requerimos plazos lo más breves posibles, por el daño que genera en la economía de un hogar cesar en el cobro del salario sin tener disponible la jubilación. La Cra. Directora se comprometió a garantizar plazos de cálculo y liquidación de primer haber jubilatorio no mayores a 60 días, cuestión que deberemos seguir de cerca junto a cada compañero que deba iniciar el trámite jubilatorio.

    También analizamos algunos excesos reglamentarios que fueron más allá del espíritu y letra de la ley. Compartiendo la visión, nos comprometimos a revisar y trabajar para modificar la reglamentación que discrimina a interinos/as, desconociendo los años de aporte como tal; así como también la reglamentación que distingue entre trabajadores/as jurisdiccionales y no jurisdiccionales, excluyendo a los últimos del beneficio. Cuestiones esenciales, junto a la que incorpora el requisito de 10 años de aportes de Jefes/as de Despacho -aunque posean antigüedad en el cargo, años de servicio y edad cumplida- lo que resulta un verdadero disparate jurídico.

    Del mismo modo, acordamos trabajar conjuntamente las previsiones que debe establecer ANSES para cada justicia provincial, puesto que la realidad escalafonaria y funcional varía según el distrito. 

    A lo largo de toda la reunión, fue clara y ávida la voluntad de la autoridad de la ANSES de informarse sobre todos los temas que tienen que ver con la transferencia, así como la buena predisposición a resolverlos.

    Continuaremos las gestiones y comunicaremos los avances que consigamos en defensa de los derechos de los/as judiciales.
     
    Buenos Aires, 12 de febrero de 2021.
     

    CONSULTAS: PREVISIONAL@UEJN.ORG.AR

    COMISIÓN DIRECTIVA NACIONAL
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