Sobre la convocatoria al Consejo del Salario

  • “Dentro de la Ley Todo, fuera de la Ley Nada” JD Perón
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    Ago 28, 2012

    El Gobierno Nacional ha resuelto convocar al Consejo del Empleo la Productividad y el Salario Mínimo Vital y Móvil. Su funcionamiento está regulado por la ley 24013 que en lo referente a la designación de los representantes de los trabajadores. en su art. 136 último párrafo dice:“La representación de los trabajadores estará integrada  …a propuesta de la central de trabajadores con personería gremial”.

     
    La Central de Trabajadores con personería gremial es, en la Argentina, la Confederación General del Trabajo que el 12 de Julio pasado eligió conforme a la Ley y a sus Estatutos una nueva conducción que asumió el 14 de Julio del corriente año. Apenas asumida, esta conducción reiteró al Poder Ejecutivo Nacional el pedido de Convocatoria al Consejo para fijar urgentemente el nuevo Salario Mínimo Vital y Móvil. En idéntico sentido y por decisión del Consejo Directivo, elevó la propuesta de la representación de los trabajadores dando cumplimiento a lo estipulado por la ley.
     
    Insólitamente el Ministerio de Trabajo de la Nación se arroga las facultades de determinar,  inconsultamente, la representación obrera en flagrante violación a lo dispuesto por la ley, desvirtuando el sentido de la Convocatoria y del propio Consejo.
     
    Esta conducta reitera la intención de violar el principio de autonomía sindical (que ya ha sido denunciado ante la OIT y otros organismos internacionales de Derechos Humanos) y tiene una gravedad desconocida en períodos democráticos en el país. Esta decisión autoritaria demuestra que el Gobierno Nacional no está dispuesto a respetar la auténtica representación de los trabajadores, lo que desnaturaliza el tripartismo que 
    caracteriza el funcionamiento de dicho Consejo, donde empresarios y trabajadores debieran acordar el salario mínimo para hacer frente a las necesidades básicas de las trabajadoras y los trabajadores argentinos. La falta de legitimidad de la representación obrera, deslegitimiza a dicho Consejo.
     
    Evidentemente, el Poder Ejecutivo ya ha  predeterminado, por lo menos sin el concurso de la legítima representación obrera, cual será el monto del SMVyM a partir de este año, monto que seguramente ni se aproximará a las necesidades básicas de una familia de trabajadores, por lo que trata de impedir que éstos estén legítimamente representados, garantizando así, en las apariencias, un supuesto acuerdo que no es tal.
     
    Por ello la Confederación General del Trabajo ha resuelto no concurrir a dicha Convocatoria, desconoce la decisión que pudiera tomarse y reclama que la misma se efectúe nuevamente respetando la ley.
     
    Sin perjuicio de ello, reitera su posición pública de que el SMVyM no puede ser inferior a $ 3.500, e invita a  quién así no lo considere, que se aventure a vivir, guardando un mínimo de dignidad, con una cifra menor.
     
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