De acuerdo al informe preliminar realizado por el Equipo Interventor de la Seccional 1 de la UEJN, correspondiente a la Justicia Provincial de Tierra del Fuego, se han constatado graves irregularidades en materia económica, particularmente, una serie de operaciones crediticias no autorizadas por nuestras normativas nacionales que perfeccionan el delito de intermediación financiera no autorizada -tipificado en el artículo 310 del Código Penal de la Nación-, en cuyo detalle se continúa trabajando.