Denuncia a Gils Carbó

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    Dic 01, 2014
    La siguiente denuncia se radicó en el juzgado en lo Criminal y Correcional Nº 10 del Dr. Ercolini

    FORMULO DENUNCIA
     
    Señor Juez:
     
                  Julio Juan Piumato, en carácter de Secretario General de la Unión de Empleados de la Justicia de la Nación, por mi propio derecho, constituyendo domicilio en la calle Venezuela  1875/77 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, respetuosamente ante V.S. me presento y digo:
     
    A.  IMPULSO
                    
                 En virtud de la función que desempeño pude conocer distintas irregularidades que estarían afectando el normal funcionamiento del Ministerio Público Fiscal de la Nación.
                 Ello, en razón de la designación arbitraria, indiscriminada y carente de fundamento alguno de personal contratado no sólo en las distintas áreas de la Procuración General de la Nación sino en distintas Fiscalías, como así también la efectivización de agentes en diversos cargos infundadamente, me presento a formular la presente denuncia penal conforme las disposiciones del art. 174 del Código Procesal Penal de la Nación.
               Tales conductas, podrían encuadrar jurídicamente dentro de las disposiciones  del artículo 248 del Código Penal, sin perjuicio de la calificación legal que surja de una acabada investigación.
     
    B.  LOS HECHOS QUE SE DENUNCIAN.
     
                 Las irregularidades a las que hago referencia se encuentran vinculadas por un lado, y como ya lo dijera, a la contratación, al menos en el último tiempo, de 179 empleados y funcionarios públicos para integrar diversas áreas de la Procuración General de la Nación y distintas Fiscalías, esta circunstancia surge de un parcial relevamiento
                En ese sentido, cabe acotar que ha sido una conducta reiterada de la Procuradora General de la Nación, Dra. Alejandra Magdalena Gils Carbó, la designación antojadiza de agentes sin cumplir con la resolución que ella misma dictara instaurando el ingreso democrático a la justicia.
                 Por otro lado, claro ejemplo de su abuso de autoridad resultan las arbitrarias designaciones efectivas que realiza de aquel personal contratado, consumando así la afectación al ingreso democrático que ella misma pregona y afectando de esa manera el derecho a la igualdad en la obtención de un cargo en el Ministerio Público Fiscal.

             De esa forma, puedo señalar  la Resolución PER Nº 2521/2014 de fecha 28 de Octubre de 2014 mediante la cual transformó definitivamente los cargos de los agentes detallados en el ANEXO I en las plazas que allí se indican. Para ello tuvo en consideración la presentación efectuada por la Agrupación de Trabajadores del Ministerio Público Fiscal (TMP), la cual carece de personería gremial.
               Así mismo, las Resoluciones PER Nros. 2535/14, 2537/14 y 2545/14 de fecha 29 de Octubre de 2014 citó como fundamento de la efectivización de los cargos dispuesta que como se “…viene impulsando diversas medidas tendientes a materializar las efectivizaciones de los funcionarios y empleados que se desempeñan  en calidad de contratados y o interinos, con el objeto de culminar con situaciones de inestabilidad laboral. Ello, claro está, en la medida de lo posible, presentes los condicionamientos presupuestarios, la disponibilidad de vacantes y teniendo en cuenta la índole y características de las tareas que se llevan a cabo.”
                “En ese marco debe inscribirse la medida que se adoptará con el personal de la Unidad…, que registre una antigüedad mínima de seis (6) meses.”
               Por su parte, en la Resolución PER Nº 2543/14 de fecha 29 de octubre de 2014 sostuvo como único fundamento para la efectivización de varios cargos en el Área de Planificación Edilicia de la PGN, cuyos contratos habrían sido celebrados el corriente año que “…la aptitud demostrada en el desempeño en sus funciones por los agentes alcanzados por la medida que se proyecta, permite tener por acreditadas las condiciones de idoneidad y conducta requerida.”
             En ese sentido, también se dictó la Resolución PER Nº 2642/14 del 4 de noviembre de 2014 a través de la cual se efectivizaron dos cargos en la Secretaría de Coordinación Institucional de la PGN, los cuales se otorgaron el corriente año, argumentando para ello el compromiso con la función y la idoneidad demostrada. Iguales fundamentos se utilizaron para la efectivización de los cargos dispuesta mediante Resolución PER 2643/14 de la misma fecha.
              Otra resolución firmada por la Dra. Gils Carbó que llama poderosamente la atención es la Resolución PER Nª 2620/14 del 4 de noviembre de 2014 mediante la cual efectiviza 13 cargos en la Secretaría Disciplinaria, Técnica y de Recursos Humanos, señalando como fundamento la necesidad de “ … dotar a la Secretaría Disciplinaria, Técnica y  de Recursos Humanos de una estructura sólida a fin de atender las tareas derivadas de la implementación de la “ Ley de Ingreso Democrático e Igualitario al Poder Judicial de la Nación y al Ministerio Público Fiscal”...”. Dicha efectivización se contradice, precisamente, con los postulados de la Ley en tanto ninguno de los agentes efectivizados cumplimentó su ingreso en forma democrática e igualitaria.
             Todo lo anteriormente señalado, demuestra a todas luces el abuso de autoridad en que incurre la Dra. Gils Carbó, por cuanto el interés que se protege mediante esta figura es el regular funcionamiento de la administración pública y la legalidad de sus
    actos. La legalidad del acto no radica meramente en su contradicción con las normas que refiere el texto legal. Por el contrario, es esencial considerar que lo que caracteriza el contenido de ilicitud de ese tipo penal radica en el uso abusivo o arbitrario de la función pública, en tanto es utilizada como instrumento para violar la Constitución o las leyes.
                   
    C.  PRUEBAS
     
                 Sugiero las siguientes pruebas:
                 1.- Se ordene la realización de una auditoría a efectos de determinar la cantidad de personas que han sido contratadas desde que asumiera a su cargo la Dra. Gils Carbó, los cargos que las mismas detentan y los antecedentes de estos en la función pública.
                 2.- Se ordene igual diligencia respecto de los agentes que han sido efectivizados en sus cargos, obteniéndose las correspondientes resoluciones de la Procuración General de la Nación.
                  3.- Se obtengan los expedientes administrativos correspondientes a las resoluciones de presupuestos de los años 2013, 2014 y 2015.
                 4.- Se tenga presente la documentación acompañada consistente en copia de las Resoluciones PER Nros. 2521/14, 2535/14, 2537/14, 2543/14, 2545/14, 2620/14, 2642/14 y 2643/14, como así también el listado impreso del personal contratado.
     
                 Se acompaña Certificación de Autoridades.-
     
     
     
     
     
     
     
    Proveer de conformidad
    ES JUSTICIA
     
                   
                    
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