La UEJN comparece ante la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba

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    Abr 16, 2014
    La Uejn  reitera reclamo ante ante la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, que de manera urgente e inmediata se efectúe la designación en el contrato de escribiente auxiliar al trabajador judicial interino, con mayor antigüedad en la jurisdicción.


    LA UEJN COMPARECE ANTE LA EXCMA. CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE CÓRDOBA,
    A FIN DE REITERAR EL RECLAMO DE QUE DE MANERA URGENTE E INMEDIATA SE
    EFECTUE  LA DESIGNACIÓN EN EL
    CONTRATO DE ESCRIBIENTE AUXILIAR OTORGADO POR LA CSJN EL 13/3/2013, AL
    TRABAJADOR JUDICIAL INTERINO, CON MAYOR ANTIGÜEDAD EN LA JURISDICCIÓN.  DENUNCIA IRREGULARIDADES EN
    LA OFICINA DE
    SUPERINTENDENCIA Y EN LA TRAMITACIÓN DEL
    EXPEDIENTE N° 1/U/2013
                            
                             ALDO ARÉVALO Y LILIANA NAVARRO, en su condición de Secretario General de la Regional N° 9 y de integrante de la Comisión Directiva Nacional de la Unión de Empleados de la Justicia de la Nación, venimos por la presente, y de conformidad a las facultades conferidas por la Ley de Asociaciones Sindicales (Ley 23551) a comparecer ante la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, a fin de reiterar nuestro pedido de que de manera urgente e inmediata se efectúe la designación en el contrato de escribiente auxiliar otorgado por la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, el 13 de marzo del 2013, al trabajador judicial
    interino, con mayor antigüedad en la jurisdicción
     
                            HECHOS: Que tal como lo manifestáramos en nuestra
    presentación del 6 de marzo ppdo., y conforme a lo expresado en aquella
    oportunidad, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con fecha 13 de marzo del 2013, le concedió a esta Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, un contrato correspondiente al cargo de escribiente auxiliar, para la Oficina de Notificaciones que depende en ésta jurisdicción de la propia Cámara Federal. Que dicho cargo fue otorgado por la Excma. Corte Suprema, innominado, y en el mismo se pretendió designar al hijo del juez del Tribunal Oral N° 2 de Córdoba, que cumple funciones como subrogante ante la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, el Dr. Perez Villalobo.
                                   Que no habiendo podido designar al hijo del juez Perez Villalobo, parece que desaparecieron las razones de servicio que motivaron el pedido de dicho cargo, para cubrir las necesidades en la oficina de notificadores, pues luego de abril del 2013, última oportunidad en la que al parecer esta Cámara Federal trato el tema de la designación del hijo del juez Perez Villalobo en ese contrato, y como si no existieran necesidades de servicio en la jurisdicción, se guardó el contrato sin cubrirlo en un cajón. Parece ser entonces, que en realidad las necesidades no eran las de mejorar el servicio de justicia, sino de mejorar o dar
    satisfacción a las necesidades y deseos del juez Perez Villalobo, de conseguir de cualquier modo, aún violando las disposiciones reglamentarias el nombramiento de su hijo. No obstante, no repetiremos lo argumentado en el
    escrito presentado con fecha 6 de marzo del corriente año, por el cual exigimos,
    desde nuestra Organización Sindical que en dicho contrato sea designado el interino con mayor antigüedad en esta jurisdicción.
                                   Ante ello, no
    podemos dejar de señalar las groseras irregularidades que se advierten en la tramitación de un expediente que en realidad debió tener como objetivo la designación de un agente judicial en el cargo de escribiente auxiliar, y que desde hace más de un  año reiteramos, debió estar prestando servicios en la oficina de notificadotes.
                                 Así en primer lugar, nos llama la atención que este expediente, al que se le da inició
    supuestamente con nuestra presentación, realizada en marzo de este año, tenga asignado un número correspondiente al año 2013. Que seguidamente advertimos con verdadero asombro que no se adjuntan al presente los acuerdos, de los que solo se acompañan notas indescifrables, escritos supuestamente por el Secretario de Supertintendencia de la Cámara Federal,en ese entonces, el Sr. Luis Moyano, y los Acuerdos?. En realidad se arribe o no a un acuerdo, en el sentido de acordar una cuestión determinada, la reunión efectuada entre los distintos integrantes de la Cámara Federal, debe quedar registrada, que temas se trataron, cual fue la opinión de cada uno de los integrantes, y finalmente las conclusiones a las que se arribó, pues en
    definitiva lo que los señores camaristas llevan a cabo al reunirse en acuerdo ordinario o extraordinario es un acto administrativo, y por lo tanto como todo acto de procedimiento debe quedar registrado en un acta, debe redactarse y firmarse el acuerdo. Cabe tener en cuenta, que de las notas o borradores agregados al presente expediente, surge la discusión o planteos de otros temas distintos a la designación del hijo del juez Perez Villalobo, y es evidente que ello no quedo, por algún motivo que desconocemos, registrado en ningún acuerdo de
    superintendencia.
                               Es decir que mientras esta Cámara Federal, el año pasado impartía instrucciones a todos los
    juzgados federales de primera instancia, que debían registrar todos los actos procesales en el sistema de informatización puesto en funcionamiento por la Corte Suprema, en la oficina de Superintendencia, se omitían registrar los actos más importantes que se llevan a cabo en la Cámara Federal, en cuestiones de superintendencia, expresadas en los acuerdos, y hoy se pretende demostrar el tratamiento del tema de la designación, con escritos borradores, o machetes del Secretario de Supertintendencia. Señores magistrados
    lo que ustedes llevan a cabo en cada acuerdo son actos de un proceso administrativo, y lo que se refleja en ellos produce efectos jurídicos, como cualquier acto administrativo, por lo que consideramos que no puede agregarse
    como prueba de nada, los borradores o machetes que supuestamente elaboró el Secretario de Superintendencia en el momento en que se llevaron a cabo los acuerdos. No podemos olvidarnos que trabajamos en el Poder Judicial de la Nación, y que somos hombres y mujeres de derecho.
                          
     Asimismo, es de destacar que mientras se ocupan fojas de este expediente administrativo, con las
    publicaciones periodísticas de los afiches que nuestra Organización Sindical pegó en las paredes de este edificio de Tribunales Federales, con motivo de tomar conocimiento de la existencia de este contrato vacante desde hace más de un año, el señor Presidente del Tribunal afirma que nuestro Gremio sostiene manifiestas falsedades en las circunstancias relatadas en nuestra presentación. Sin embargo, pretende probar que las cosas no ocurrieron tal como lo sostenemos en nuestro escrito, mediante apuntes, borradores o machetes, de los que poco o nada se puede descifrar, de lo que al parecer se dijo en dos acuerdos de Superintendencia, y los Acuerdos?
    Los Acuerdos no aparecen, lo único que quedó registrado de esos dos acuerdos, son machetes, y con esto el señor Presidente del Tribunal, pretende decir que la Unión de Empleados de la Justicia de la Nación falsea la
    verdad?  La verdad de un expediente, es lo que queda registrado en los expedientes, en los escritos, en las actas
    que debieron labrarse y en los Acuerdos de Superintendencia que debieron confeccionarse y protocolizarse, y eso no existe.
                          
    Sin embargo, siguiendo con el análisis de este insólito expediente administrativo, se advierte con sorpresa, que aún cuando el contrato no había sido cubierto en el período de casi un año, sin que obre consulta de que elcargo esta o no vigente, el señor Presidente del Tribunal, Dr. Luis Roberto Rueda, con fecha 24 de febrero del corriente año, mediante nota remitida al Presidente de la Corte Supremade Justicia de la Nación, Dr. Ricardo Lorenzetti, le solicita que disponga que dicho contrato de escribiente auxiliar sea asignado al Juzgado Federal N° 1, para que se desempeñe en el mismo Emiliano Perez Villalobo. Entonces, el cargo estaba o no vigente? Pues una semana antes de nuestra presentación, el señor Presidente de esta Cámara Federal le estaba asignando
    ese cargo al Juzgado Federal N° 1, con el nombre del hijo del juez Perez Villalobo, y nos preguntamos, le asignaba al Juzgado Federal N° 1 un contrato caduco?. Señores magistrados la única verdad es la realidad, y aquí es evidente que lo que ocurrió es lo que afirmamos en nuestra presentación, que ante la imposibilidad de designarlo en la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, por estar cumpliendo funciones su padre como juez subrogante, con todas las funciones, atribuciones, deberes e incompatibilidades  de un juez titular, se ocultó el contrato durante un año, y luego se lo pretendió hacerdesignar en el Juzgado Federal N° 1.
                          
    Que más desprolijo resulta aún, que la ausencia de los correspondientes
    acuerdos de esta Cámara Federal, se pretendan cubrir con un certificado del Secretario de Superintendencia, de fecha 11 de marzo del 2014, es decir un año después de que los mismos se han llevado a cabo. Que en dicha certificación, del Sr. Luis Moyano, se hace constar que el Dr. Luis Roberto Rueda afirmó, que en realidad habría sido el Contador. Daniel Marchi, Secretario General y de Administración de la Corte Suprema, quien le dio un cargo al Dr. Perez Villalobo, para que designara a su hijo, y que ante ello debían darle forma, es decir, hacer el pedido, justificar las necesidades de servicio de la justicia, para acomodar el nombramiento del hijo del juez Perez Villalobo, circunstancia que no nos consta, pero que de serlo sería aún más grave, pues revelaría que los cargos en la justicia se otorgan para satisfacer necesidades personales de los jueces y no para mejorar el servicio de justicia del Poder Judicial de la Nación.
                                Que sin profundizarlas demás irregularidades que se advierten en la tramitación de los expedientes de Supertintendencia, destinados a la cobertura de un contrato, el que fue tratado en dos Acuerdos por esta Cámara Federal, que no obran en el Protocolo, sencillamente, porque no se hicieron, y que hoy pretenden suplirse con certificaciones de lo que  ocurrió un año atrás, lo cierto es que advertimos con meridiana claridad que la celeridad que se le imprimió al trámite de obtener un contrato para supuestamente contribuir
    a la mejora del servicio de justicia en la oficina de notificadotes, cuando el designado iba a ser el hijo de un integrante de esta Cámara Federal, no es la misma prontitud que se le ha dado a la cobertura de dicho cargo, cuando se dispone que el mismo sea cubierto por el interino con mayor antigüedad en la
    jurisdicción; por lo que requerimos que se le imprima a nuestro pedido carácter urgente, pues nuestra voluntad no ha sido la de denunciar las irregularidades cometidas en la administración de los recursos humanos, como es
    haber guardado un cargo en un cajón sin cubrirlo durante un año, sino logar que en defensa de los derechos de los trabajadores judiciales de esta jurisdicción, se designe en el mismo al interino con mayor antigüedad en la jurisdicción.
                               Que en virtud de loexpuesto,
    SOLICITAMOS:        
     
    1)   
    En carácter urgente e inmediato, que esta Excma. Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, designe en
    el contrato de escribiente auxiliar que le fuera otorgado hace un año, para la Oficina de Notificadores y Mandamientos, al interino/na con mayor antigüedad en la jurisdicción.
    2)   
    Se tengan en cuenta las irregularidades señaladas, en el expediente de Superintendencia relacionado con
    la designación de Emiliano Perez Villalobo en el contrato de escribiente auxiliar otorgado por la Corte Suprema, con fecha 13 de marzo del 2013, a los efectos que pudieren corresponder.
              
    SERÁ JUSTICIA
     
                                          Liliana Navarro                                                 Aldo Agustín Arévalo
                        Comisión Directivo Nacional                Secretario General de la Regional Nº 9       
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