Quienes hacemos la justicia sabemos que existen varias categorías intermedias que se asimilan a la categoría de funcionario, más allá de la designación que se les ha otorgado.
Sabemos con certeza además que dichas categorías -al día de hoy- aportan al régimen especial jubilatorio, por lo que no incluirlas sería una medida regresiva y lesiva de derechos ya adquiridos.
En ese sentido, a fin de preservar la mentada igualdad, solicitamos a la Corte Suprema de Justicia de la Nación que toda vez que las categorías que a continuación se detallan se hallan incluidas en el Anexo I del Poder Judicial y resultan ser cargos intermedios entre los si previstos por la Ley Especial del Régimen Previsional, se los asimile a los incluidos en el Anexo I (artículo 8) Magistrados y funcionarios incluidos en el Régimen Previsional Especial de la Ley 24.018 y sus modificaciones.
Las categorías aludidas son:
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Director General
Contador Auditor Subdirector General
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Director Medico Perito Medico Perito Químico
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Perito Contador
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Perito Calígrafo
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Secretario Electoral Capital
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Prosecretario Letrado
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Intendente
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Subdirector Adjunto
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Secretario Electoral Interior
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Subsecretario Administrativo
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Secretario Contable
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Subintendente
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Prosecretario jefe
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Jefe de Departamento
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2do. Jefe de Departamento
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