En ese sentido, se solicita se concrete el aumento correspondiente al primer tramo de la pauta salarial del corriente año, en la actual coyuntura, resulta ineludible concretar las medidas necesarias a fin de preservar el poder adquisitivo del ingreso de todos los trabajadores judiciales.
Somos conscientes de la crítica situación económica que aqueja al País, profundizada aún más debido al flagelo del Covid-19, pero esa crisis en modo alguno es atribuible a este Poder del Estado o a sus trabajadores.
No son los judiciales quienes deben pagar los costos de una situación extraordinaria que ha originado, entre otras cuestiones, que los trabajadores del Poder Judicial se encuentren a mitad de año sin haber obtenido una recomposición salarial, pese a que -debido a la escalada inflacionaria- han visto mermado ostensiblemente el poder adquisitivo de su haber.
Asimismo, resulta vital considerar que el Poder Judicial de la Nación cuenta con los fondos necesarios para efectuar el pago del aguinaldo de forma íntegra. En ese sentido, carece de fundamento efectuar su desdoblamiento.
Unión de Empleados de la Justicia de la Nación
Personería Gremial Res. M.T. Nro. 1543 Adherida a la C.G.T.
"A Paso de Vencedores "
República Argentina