AGUINALDO. SE COMPLETE SU PAGO EN FORMA URGENTE.

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    Jul 02, 2020
     
    La UEJN realizó una presentación a la Corte Suprema de Justicia de la Nación manifestando que el pago fraccionado de la primera cuota del sueldo anual complementario resulta inadmisible, en tanto constituye un indudable avance sobre los derechos adquiridos de todos/as los trabajadores/as judiciales.
     

    Más allá de cruda realidad económica que azota a nuestro País, lo concreto es que tanto el Poder Judicial de la Nación como los Ministerios Públicos, cuentan con los fondos necesarios para hacer frente a esa erogación, en forma íntegra.

    Sabido es también que el dinero correspondiente a la partida presupuestaria destinada al pago de la primera cuota del sueldo anual complementario que los trabajadores/as judiciales no han percibido a la fecha, no podrá ser utilizado para ningún otro fin.

    Es decir que los trabajadores/as judiciales ven mermado su patrimonio y agraviados sus derechos, en aras de una falsa “solidaridad” que la crítica situación que aqueja a toda la sociedad demandaría, por cuanto ese dinero, destinado al pago del aguinaldo, permanecerá estanco en una cuenta bancaria, en tanto no puede utilizarse para otros fines.

    El aguinaldo representa la posibilidad cierta de oxigenar -en parte- la difícil situación económica que hoy muchos judiciales padecen junto con sus familiares.

    Situación delicada y compleja que no tiene ningún asidero si consideramos que el dinero que han dejado de percibir los trabajadores/as judiciales permanecerá -reiteramos- estanco, en una cuenta bancaria.

    Por estos motivos, entre otros, se solicita que se ordene saldar la primera cuota del aguinaldo en forma íntegra, liquidando -en lo inmediato- el dinero que se le adeuda al conjunto de los trabajadores judiciales.

     

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