Informamos a los compañeros jubilados judiciales de todo el país ante la nueva Ley de impuesto a las Ganancias que se votó en ambas Cámaras, que cita en el texto del Art.79 Inc.C, “De las Jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios de cualquier especie en cuanto tuvieran su origen en el trabajo personal, y en la medida que hayan estado sujeto al pago del impuesto, y de los consejeros de las sociedades cooperativas”